
Vistos Buenos

Los vistos buenos son una autorización administrativa que se requiere para el desarrollo de diversas actividades, tales como:
- Organización de fiestas.
- Construcción de infraestructuras
- Actividades festivas, económicas y deportivas
- Uso de servidumbres
- Publicidad Fija (Ver requisitos adicionales)
Estos permisos aseguran que las acciones previstas cumplan con la normativa vigente y no afecten negativamente el orden público, la seguridad o el bienestar de la comunidad.
Requisitos:
- Descripción de la solicitud
- Fotocopia legible de la cédula del solicitante.
- Ubicación exacta del lugar.
- Recibo de servicios públicos.
- Certificado de propiedad del Registro Público (Para Visto Bueno de construcción)
Requisitos Adicionales para Visto Bueno de Publicidad Fija
Indicar: Tipo de Estructura,
Número de letreros,
Número de pantallas,
Número de cara por pantallas,
Medidas de la pantalla: (ALTO X ANCHO),
Título de la estructura,
Responsable del gravamen,
Especificar si se trata de publicidad fija o temporal (no debe ser mayor a 60 días).
La publicidad exterior fija permanente o temporal es una actividad regulada por la Alcaldía de Panamá mediante Acuerdo Municipal No. 138-2015, modificado por el Acuerdo Municipal No. 37-2021.